Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario "Accidental" de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha cinco (05) de junio del año (2009) por el Abogado PASCUALINO DI EGIDIO VITALONE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.510.256, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23.666, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante Sociedad Mercantil "AGROPECUARIA BELLA VISTA" inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha veintisiete (27) de abril del año (2004), bajo el N° 45, Tomo 227-A, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha dos (02) de junio del año (2009).....