PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del tercer interviniente apelante, FARMATODO C.A., contra la decisión de fecha 18 de mayo de 2018, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE REVOCA la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano OSWALDO JAVIER DORANTE, contra la providencia administrativa Nº 872/2014 de fecha 30 de mayo de 2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.