Por las consideraciones anteriormente explanadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO:SE HOMOLOGA la presente demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por la ciudadanaGLADIBEL MARTIN CASTILLO,titular de la cédula de identidad N° V- 11.652.755, contra la ciudadanaWENDY MARTIN DE GROSSO,(en representación de los ciudadanos RAFAEL MARTIN GUTIERREZ y ROSA MARIA FELIPE DE MARTIN, titulares de las cédulas de identidad nros V- 11.274.099, N° E-203.533 y E-204.707,según poder general otorgado por ante el Registro Público de los municipios Bolívar y Manuel Monge del estado Yaracuy, inserto bajo el N° 02, folios 04 fte. Al 09 vto, del protocolo Tercero, adicional Tomo I, del Año 2024).
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en .....