este Tribunal que dicha solicitud es presentada por la ciudadana antes mencionada sin la debida asistencia de abogado tal como lo establece la Ley de abogados, por lo tanto este Tribunal niega lo solicitado por no cumplir con la debida asistencia de un profesional del Derecho. Es Todo.
El Juez
Abg. Octavio Méndez M La Secretaria
Abg. Cándida Lucena Perdigón.