Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente Recurso de Hecho ejercido por el abogado EMILIO JOSÉ ZÁMAR GUTIÉRREZ, antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOAQUÍN GONZÁLEZ PÉREZ.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la representación judicial del ciudadano JOAQUÍN GONZÁLEZ PÉREZ, contra el auto emitido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria en fecha (30-09-2010) que niega el recurso de apelación propuesto.
TERCERO: En virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
CUARTO: La presente decisión se dicta dentro del término legal establecido en el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil.
QUINTO: Se ordena la publicación.....