PRIMERO: El padre aportará la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 1.250,00) MENSUALES, los cuales serán depositadas en la cuenta de ahorro del Banco Bicentenario Nº 01750173940060836993, a nombre de la progenitora. SEGUNDO: En cuanto a los gastos escolares, el padre aportará la cantidad adicional en el mes de septiembre de la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00), debiéndolo depositar la primera semana de iniciado el periodo escolar para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares. Asimismo, en cuanto a los gastos decembrinos, el padre aportará la cantidad adicional de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00), dentro de los primeros quince días mes de diciembre, para cubrir los gastos de estrenos y cada uno de los padres comparará por separado el regalo del niño Jesús. TERCERO: Con respecto a las consultas médicas, medicinas, entre otros, los mismos serán cubiertos en un cincuenta por ciento (50%) por ambos progenitores, previa indicaciones médicas y pr.....