DECLARA:
Primero: Sin lugar la solicitud de declarar la confesión ficta por no haber ratificado expresamente la demandada las actuaciones que sus representantes hicieron en su nombre con poder defectuoso, toda vez que tal cuestión fue subsanada mediante apoderado debidamente constituido por ella.
Segundo: Sin lugar la apelación ejercida por el abogado HECTOR LEÓN ESCALONA, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 22 de septiembre de 2017 que declaró SIN LUGAR la demanda de Estimación e Intimación de honorarios a que se contrae la presente causa.
Tercero: Se ratifica en todas y cada una de sus partes la sentencia definitiva dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en fecha 22 de septiembre de 2017 que declaró SIN LUGAR la demanda de .....