en consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas acuerda no fijar la práctica de la presente medida hasta que la parte interesada señale mediante diligencia los datos requeridos y una vez conste en Autos la información solicitada, se fijará oportunidad, día y hora para la práctica de la misma. Cúmplase.-
En consecuencia, vista que la ultima actuación de este Tribunal fue en la fecha antes señalada, y por cuanto no consta en Auto desde esa fecha ninguna actividad que demuestre interés en la presente Ejecución, este Tribunal Ejecutor de Medidas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda devolver la presente Comisión por falta de Impulso Procesal al Juzgado Comitente. Désele salida, anótese en lo Libros respectivos, provéanse las copias debidamente certificadas y remítase mediante Oficio. Cúmplase.-