DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero, Confirmar la sentencia apelada, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha once (11) de noviembre el año 2013, que declaró CON LUGAR la defensa de fondo opuesta por el demandado MIGUEL ÁNGEL BADIA ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.366.017, de este domicilio, consistente en la falta de cualidad de la parte actora para sostener el presente juicio, conforme lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: SIN LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA VENTA interpuesta por el Abg OMAR ANTONIO GONZALEZ PÉREZ, ti.....