PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Invalidación interpuesta por el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO PEÑA DEL ESTADO YARACUY.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en la ley.