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DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, incoada por el ciudadano EDUARDO JOSÉ PERAZZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-10.374.907, asistido por el Abogado BALMORE RODRÍGUEZ NOGUERA, Inpreabogado N° 34.902, contra los ciudadanos CARMEN ELENA MENDOZA REYES, JESÚS ALFONSO AVENDAÑO MENDOZA, CARMEN ELENA AVENDAÑO MENDOZA, AUDREY MARIELA AVENDAÑO MENDOZA, RUBÉN ALEJANDRO AVENDAÑO MENDOZA y CARLOS EDUARDO AVENDAÑO MENDOZA; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.570.448, V-5.464.297, V-7.582.519, V-7.909.249, V-10.858.599 y V-7.582.520 respectivamente, SEGUNDO: Se condena en c.....