PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa contentiva del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con pretensión de Amparo Cautelar, ejercido por las profesionales del derecho Mayela Josefina Cortez García y Maria Eugenia Amaya, inscritas en el I.P.S.A. bajo los números 65.836 y 92.041, respectivamente, en su condición de Apoderada Judicial del Municipio Peña del Estado Yaracuy, en contra del acto administrativo contenido en la providencia administrativa N° 015/2007, dictada en fecha 31 de mayo de 2007 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Archívese el expediente en la oportunidad correspondiente.