, este Tribunal acuerda lo solicitado y procede a impartir la HOMOLOGACIÓN al desistimiento consignado por el ciudadano HENDERSÓN JOSÉ ALCINA LANDINEZ, titular de la cedula de identidad número V-19.255.854, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por analogía expresa del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole el carácter y fuerza de Cosa Juzgada. Se deja constancia que la demanda continua su curso legal con el resto de los accionantes.