Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: LA CONVERSIÒN DE SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO solicitada por los ciudadanos CANDIDO DIAZ y MARIA LIBORIA PINEDA CARMONA, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 7.501.762 y V- 7.452.359 y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO contraído por ellos el 26 de MAYO de 2.006 ante El Registro Civil de la Parroquia Campo Elias del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según Acta Nº 13, Folio 37 y 38 del año 2006.