Por todos los argumentos precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de apelación interpuesto, por el abogado Emilio José Zamar Gutiérrez, Inpreabogado Nº 56.021, apoderado de la parte demandante contra la interlocutoria de fecha 21 de Mayo de 2013, por el Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, que declaro inadmisible las pruebas probatorias.
Se condena en costas a la parte demandante recurrente de conformidad con el artículo 281 del CPC.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en San Felipe, a los veintitrés (23) días del mes de julio de 2013. Años 203º de la Independenci.....