PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN efectuada entre las partes, abogado Balmore Rodríguez y el demandado ciudadano Julio Santolaria, asistido de la abogada Milagros García, quien a su vez es su apoderada judicial en la presente causa, suscrito por ante la Notaría Pública de San Felipe, estado Yaracuy, y que quedó inserto bajo el número 27, Tomo 46 de los Libros llevados ante esa Notaría y cursante a los folios del 46 al 93 del presente expediente.
SEGUNDO: Queda homologado igualmente, el desistimiento realizado por el intimante abogado Balmore Rodriguez, del presente recurso de apelación.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.