Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara HA LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial del ciudadano ADRIÁN JOSÉ ORELLANA ESCUDERO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-7.585.226, actuando en su condición de presidente y representante de la (OCV) El Prado, suficientemente identificada en autos. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se REVOCA la decisión emitida en fecha trece (13) de noviembre de dos mil nueve (2009) por el Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. TERCERO: En virtud de la regularización que adelanta el Instituto Nacional de Tierras a favor de los ciudadanos WILMER FIGUEROA, LUÍS TOVAR, RICARDO SUÁREZ, GERARDO ACOSTA, FREDDY SANDOVA.....