este Tribunal del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la demanda de desalojo, intentado por el abogado Sigerio Mesa, Inpreabogado N° 119.314, apoderado judicial del ciudadano Genaro José Acosta Santaella, contra el ciudadano Julio Antonio Quintero. Se condena en costas la parte perdidosa.