DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para conocer sobre la presente demanda, por cuanto el predio no se encuentra ubicado dentro de la competencia jurisdiccional de este Juzgado.
SEGUNDO: Se ordena remitir mediante oficio la presente demanda al Juzgado Segundo De Primera Instancia Agrario De La Circunscripción Judicial Del Estado Lara, Extensión El Tocuyo, a los fines que conozca de la presente causa.