Vistas las actuaciones que integran la presente causa, en la que figura como sancionado el joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA); en virtud de haber sido hallado responsable de la comisión del delito de LESIONES GRAVÍSIMAS, previsto en el artículo 414 del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano ANDRÉS ANTONIO PINTO PERAZA; en uso de las atribuciones conferidas y conforme a lo pautado en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la intención de ejercer un mejor control y vigilancia de la sanción definitivamente firme y ejecutoriada de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, que impusiera el Tribunal de Control N° 2 de esta sede judicial el día 19/12/07, procede este Juzgado de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, a practicar el cómputo de los días que el prenombrado sancionado ha estado privado de la libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable a esta mater.....