Por todas las razones anteriormente expuestas, y en base a la norma antes señalada, es por lo que este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECRETA LA CESACIÓN de las Sanciones de SERVICIOS A LA COMUNIDAD Y LIBERTAD ASISTIDA, previstas en los artículos 625 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor del joven JAVIER EDUARDO CASTILLO DÍAZ, todo conforme a lo establecido en el Artículo 646 y 647 literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Regístrese, diarícese y notifíquese en este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente. San Felipe 24 de Mayo de 2.006.
La Jueza,
ABG. MARÍA CORONA La Secretaria,
AB.....