Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Almarina Ferrer Guerrero, en su condición de Defensora Publica del ciudadano Luís Alfonso Oliveros, contra del auto dictado por el Tribunal Segundo de Primera en función de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, en el asunto KP01-P-2012-000335, mediante el cual en fecha 31-10-2014, DECLARA IMPROCEDENTE EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA, prevista en el Artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por la Defensora Pública Segunda Penal Ordinario Abg. ALMARINA FERRER, Defensora del acusado: LUIS ALFONSO OLIVEROS, titular de la cedula de identidad N º 20.348.008, quien es procesado por la presunta comisión del delito de DELITO: Extorsión y Asoci.....