Este Tribunal DECIDE: PRIMERO: EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; SE IMPARTE LA HOMOLOGACIÒN A LA TRANSACCIÒN ALCANZADA POR LAS PARTES y contenidas en la presente acta; Dándosele el carácter de COSA JUZGADA. SEGUNDO: Se exhorta a las partes cumplir de buena fe el convenio de pago que contiene la presente acta. TERCERO: Se da por terminado el presente proceso, y que se archive el respectivo expediente, una vez que conste en autos el cumplimiento total del acuerdo de las partes en el presente convenio. Por ultimo se acuerda la devolución de los medios de prueba consignados por las partes en su oportunidad legal correspondiente constante de: dos (02) folios útiles y un (01) anexo; los medios de prueba de la parte actora y de tres (03) folios útiles con cinco (05) anexos; marcados de la "A" a la "B", los medios de prueba de la parte demandada; las cuales reciben conformes en este acto.-
PUBLIQUESE; REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DE.....