PRIMERO: INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por las ciudadanas YESSICA DURAN y HECMARLING AGUILAR, debidamente identificadas en contra de los ciudadanos MARÍA EPIFANÍA RAMOS GONZÁLEZ y CLEMENTE RAFAEL GONZÁLEZ GUEVARA y cuya solicitud está dirigida a la anulación de sentencia de amparo dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, .
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Se deja constancia que la presente sentencia fue dictada dentro del término legal establecido.