Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, la presente solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS presentada por el ciudadano YASMIL JESUS CASTILLO GARRIDO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, portador de la Cédula de Identidad Nº V-4.964.512, por no cumplir con los fundamentos exigidos por el Artículo 340 del Código Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 899 Ejusdem. Así se decide.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE E INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE , SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020 EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL DE FECHA 05-10-2020 Y DÉJESE COPIA CERTIFIC.....