este Tribunal de Control N°4, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, amplia la medida cautelar sustitutiva de libertad de presentación de cada 08 días a cada (15) días, ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los imputados ENDER JOSÉ VALLE, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-22.302.458 y con residencia en EL SECTOR Cristóbal colón, calle 4, casa S/n, Aroa, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, y FRANKLIN DÍAZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-15.248.811 y con residencia en OCV "José Gregorio Hernández, casi en el ultimo rancho, Aroa, Municipio Bolívar el Estado Yaracuy, por la comisión del delito de Robo Agravado y Homicidio Intencional, previsto y sancionado en los artículos 405 y 458 del código Penal, en perjuicio del ciudadano Claudio Escorche, domiciliado en el sector la "Diablera" de Tierra Fría, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy.