DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgador en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia de Obligación de Manutención, en beneficio del niño identidad omitida de conformidad con el articulo 65 da la lopnna , de 5 años de edad, dictada por el tribunal en fecha 23 de septiembre de 2011, por cuanto no fue demostrado el cumplimiento de la misma por parte del ciudadano datos omitidos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.061.394. En consecuencia, siendo que el demandado adeuda la suma de DIECISIETE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 17.200,00), se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo, en contra del ciudadano datos omitidos, antes identificado, quien labora en la Banda de Concierto de la Gobernación del estado Yaracuy, en tal sentido se acuerda oficiarle, a fin de informarle que dicha medida recae sobre:
La cantidad de DIECISIETE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 17.200,00), que de.....