PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por las ciudadanas Clairet Natali Ruiz Hinojosa y Maigualida Gutiérrez Escalona, titulares de las cédulas de identidad números 8.516.146 y 10.373.079, respectivamente, representadas por los abogados Elio José Zerpa Isea y Robert José Zerpa Tovar, en contra de la empresa Aguas de Yaracuy, C.A., identificados ut supra.
SEGUNDO: Se condena a la empresa Aguas de Yaracuy C.A., pagar a las ciudadanas Clairet Natali Ruiz Hinojosa y Maigualida Gutiérrez Escalona, ya identificadas, la cantidad de QUINCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON CINCUENTA Y TRES CENTIMOS (15.931,53)