Por las consideraciones anteriormente explanadas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por la ciudadana MARIANELA COROMOTO VILLALOBOS SEVILLA, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JIMMY JOAMER QUERALES BOYANO, Inpreabogado Nº 171.150 contra la ciudadana NORMELY JOSEFINA PÉREZ RAMOS, todos plenamente identificados, cursante el mismo a los folios dos 5 y vto y 6 y vto del presente expediente, de fecha quince (15) de noviembre de dos mil dieciocho (2018), todo de conformidad con lo establecido en los artículos 1364 del Código Civil Venezolano y 444 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte perdidosa, de conformidad con.....