DECLARA,
PRIMERO: DECLARA PROCEDENTE LA INHIBICIÓN formulada por la abogada DINORAH MENDOZA, en su condición de Secretaria Temporal del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, por haber demostrado la existencia de la causal contenida en el ordinal 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de PARTICIÓN DE HERENCIA, interpuesto por la ciudadana JULIA YARITZA PARRA Y OTROS contra el ciudadano JOSE DE LA CONCEPCIÓN PARRA.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en los artículos 52 y 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se procede a designar Secretaria Accidental a la ciudadanaNORQUIS GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-9.637.091, Inpreabogado N° 269.488, asistente del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplirl.....