En mérito de las razones expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA al ciudadano LUIS FIDEL TORRES TACOA, venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº 3.910.265, y a los ciudadanos JARLER ALBERTO BASTIDAS LIRA y LUIS ALBERTO BASTIDAS LIRA , titulares de las cedulas de identidad Nros: 12.955.722 y 14.098.333 como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su Difunta Esposa y Madre la ciudadana EDILIA DE LOS REYES LIRA SANCHEZ, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUALES O MEJORES DERECHOS