Vista la diligencia presentada en fecha 27 de junio de 2018 por el ciudadano EBARISTO CAMACHO MUJICA, titular de la cédula de identidad N° V-7.576.561, asistido por el abogado en ejercicio HÉCTOR LEÓN ESCALONA GONZÁLEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 94.815, mediante la cual expone que desiste del procedimiento. Al respecto, por cuanto existe manifestación de voluntad por parte del demandante, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y procede a impartir la HOMOLOGACIÓN al mentado desistimiento, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil aplicado por analogía expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Dándole el Carácter y Fuerza de Cosa Juzgada, como consecuencia de lo anterior, se da por terminado el procedimiento, y se procederá al cierre y archivo del asunto, una vez quede firme la sentencia. Se ordena notificar mediante oficio al Sindico Procurador del Municipio San Felipe del estado Yar.....