Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: YALIMAR DEL CARMEN CASTILLO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.709.573, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó, sobre un lote de terreno pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), sobre un Area de Terreno que mide: 375.00 m2, ubicado: En la Calle Principal entre Terrenos Agrícolas y Terrenos Agrícolas, Sector Barrio Nuevo, Comunidad Cumarípa del Municipio Bruzual del Estado del Yaracuy