DECLARA CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, formulada por la demandante Ciudadana FLOR MARÍA ESPINOZA LÓPEZ, en contra del ciudadano YORMI ALEXANDER VARGAS, ambos debidamente identificados en autos, en beneficio del niño (OMITIDO EL NOMBRE), xx (xx) años de edad, y considera conveniente fijar la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) semanales, monto equivalente al 25,85% del salario mínimo mensual actual (Bs. 1.548,00), quien deberá entregar en dinero en efectivo a la demandante FLOR MARÍA ESPINOZA LÓPEZ, a partir del día treinta de marzo del presente año.
Así mismo deberá aportar cada año el cincuenta por ciento para los gastos extras, de asistencia médica, medicinas, útiles y uniformes escolares al inicio del año escolar, estrenos y aguinaldos en cada mes de diciembre.
Publíquese en la Pagina Web de este Tribunal, regístrese, certifíquese copia de esta decisión para el archivo y tómese razón en el diario.
Dado.....