Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna; declara:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 7 de junio de 2023, por los abogados JUAN ANDRÉS MARCANO CABRERA y SANDRA MILENA VALDERRAMA DE MARCANO, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano FABIO MONSLVE ROJAS, en contra de la decisión proferida en fecha 14 de abril de 2023, dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró, inadmisible la demanda y sin condenatoria en costas a la parte actora.....