En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara.
PRIMERO: Extinguida de pleno derecho la obligación de manutención que tenía el ciudadano JOSÉ HUMBERTO ESCORCHE FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad N° V-11.277.980, respecto de sus hijos HUMBERTO DAVID ESCORCHE CARO, DANNY JOSÉ ESCORCHE CARO, LUIS RAÚL ESCORCHE CARO y KEILA CARILINA ESCORCHE CARO, por haber alcanzado la mayoridad los ciudadanos HUMBERTO DAVID ESCORCHE CARO, DANNY JOSÉ ESCORCHE CARO, LUIS RAÚL ESCORCHE CARO y KEILA CARILINA ESCORCHE CARO, antes identificados.
SEGUNDO: Ordénese en su oportunidad el archivo del presente expediente.
Regístrese y publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tri.....