DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de los ciudadanos JOSE ANTONIO LINAREZ MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 12.998.076, domiciliado en la calle La Chaneca casa N° 472 Valencia Estado Carabobo, JOSE GUADALUPE BURGOS, titular de la Cédula de Identidad N° 16.012.750, domiciliado en la calle principal Tiara, casa S/N, La Victoria Estado Aragua, JUAN VICENTE ALVAREZ BLANCO titular de la Cédula de Identidad N° 17.740.752, domiciliado en la calle Bolívar casa N° 14 Valle de la Pascua Estado Guárico y ABRAHAN ERNESTO BLANCO BURGOS titular de la Cédula de Identidad N° 13.241.759, domiciliado en el Castaño vía Suata La Victoria Estado Aragua, y el Cese inmediato de la Medida Cautelar Sustitutiva de Li.....