este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCIÓN DE INSTANCIA de la solicitud de CONSIGNACIONES seguida por el ciudadano DAVID ALBERTO SAMPALLO CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 4.477.306, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS BELTRAN BARRIOS AVENDAÑO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 8.215, a favor del ciudadano RAMÓN AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nº 810.241. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez que transcurra el lapso de cinco (5) días de despacho, a los fines de que las mismas puedan ejercer los recursos que tengan a bien intentar. Vencido este lapso este Juzgado ordena de conformidad el cierre, archivo y remisión al Archivo Judicial del Estado Yaracuy del presente expediente.