este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones de TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, ROSIRIS MARIA ROJAS CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-5.607.414, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propio, según documento Protocolizado, ante el Registro Público de San Felipe del Estado Yaracuy, bajo el numero 2009.1397, Asiento Registral 1 del inmueble Matriculado de fecha 23 de julio del año 2009, ubicado en la calle 26 de Agosto sector Cascabel, Municipio Independencia del Estado Yaracuy, con área que mide aproximadamente trescientos trece metros cuadrados con cuarenta y dos centímetros (313,42 Mts2) y un área de construcción es de ciento veinticinco metros cuadrados (125,00 Mts2) comprendidos dentro de los siguientes lind.....