Por las razones anteriormente explanadas y en virtud que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el mismo, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos SANDRA ELENA SANCHEZ y GREGORIO ARMANDO SUAREZ QUERALES, anteriormente identificados, DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS el día 12 de Septiembre del año 1986, por ante el Registro Civil del Municipio Veroes del Estado Yaracuy, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 20, Folios 81, 82 y 83, del Libro de Actas de Matrimonios Civiles llevados por ese despacho en el Año 1986.