Por las razones anteriormente explanadas y en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el mismo, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por la Abogada, ciudadana Girellys Mendoza Quiroga, representando en este acto a la ciudadana CARMEN JULIA ASUAJE RAMOS, ya identificada, contra su cónyuge, ciudadano ANGEL CESAR GARCIA HEREDIA, anteriormente identificado, se DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS el día Dieciocho (18) de Diciembre del 2019, por ante el Registro Civil Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el Nº 155, Folio 1.....