En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de desalojo de inmueble basada en el artículo 34.a) de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, intentada por la abogada en ejercicio de su profesión SELENE COROMOTO NIEVES HERNÁNDEZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana ELIDES SORONDO RODRÍGUEZ, contra loa ciudadana NANCY JOSEFINA CASTELLANOS RAMÍREZ, en consecuencia:
Se condena a la parte demandada a desalojar el inmueble que le fue arrendado consistente en una vivienda, que se encuentra ubicada en la calle 07, Nº 7-23, Urbanización San José, San Felipe del Estado Yaracuy, comprendida dentro de los linderos siguientes: Noreste: Con la parcela Nº 07-22; Noroeste: Con la parcela Nº 06-23; Sureste: Con la calle 07 y Suroeste: Con l.....