DECLARA:
PRIMERO: SE DECLARA LA PERENCIÓN BREVE de la demanda de COBRO DE BOLÍVARES interpuesta por el ciudadano ALEXIS ALEJANDRO FIGUEROA INOJOSA, contra la ciudadana EXY EXULIBET DURAN OROZCO, bajo el expediente N° 6173 de la nomenclatura interna de este Juzgado, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: SE ORDENA LA DEVOLUCIÓN del documento consignado en original junto al libelo de demanda dejándose en su lugar copia certificada, una vez la parte interesada provea los emolumentos necesarios para la misma.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.