Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, conforme a la Resolución N° 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo del 2.009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en sede Civil, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos: NUBIA PORTELA OVIEDO y WILLIAMS JOSE CARRIZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-32.694.938 y V-12.249.615, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio ZENAIDA ZORAH ESPINOZA FALCON, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 247.272. Por consiguiente, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha 11/07/2003 contrajeron Matrimonio Civil por ante el Re.....