SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de enero de 2008 por la tercero opositor, ciudadana Maritza Beatriz Aguilar, identificada ut supra, contra la decisión dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta circunscripción judicial el 14 de enero de 2008.
De acuerdo al razonamiento expuesto, QUEDA MODIFICADO EL FALLO APELADO.
En consecuencia, se autoriza a la ciudadana Yeraldin del Carmen Batista, antes identificada, a permanecer en la referida vivienda por un lapso de tres meses, tiempo que se le otorga para buscar otro inmueble donde vivir con sus menores hijas, para lo cual deberá contar con el apoyo económico del ciudadano Eudy Rafael Gimenez Aguilar, por tratarse del inmueble que servirá de hogar a sus hijas menores de edad, dado que la guarda y custodia para la presente fecha la tiene su progenitora. Asimismo, se dispone que el cumplimiento de estas diligencias deben ambos padres traer prueba a los autos, las cuales serán exam.....