PRIMERO: IMPARTIRLE LA HOMOLOGACION a la transacción celebrada en fecha 18-05-2015 por el ciudadano Dexon Eligio Rodríguez debidamente representado por el Abg. Douglas Páez, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 90.234, en la demanda interpuesta por él y otros trabajadores en contra de la sociedad mercantil Colorificio Pordecar, C.A., representada por José Maria Tombazzi Massa, por cobro de beneficios Laborales, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, teniéndose la misma como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.