DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA PRESENTE ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana AZUAJE RODRIGUEZ MARGARITA contra los ciudadanos MAOLIS COROMOTO, MIGUEL ANGEL, AMBAR YUDITH y ROUDYS ANTONIO FERNANDEZ AZUAJE, en su condición de hijos del De Cujus, Artemio Fernández, ya identificados.
SEGUNDO: La existencia de la unión concubinaria entre los ciudadanos MARGARITA AZUAJE RODRIGUEZ y el de cujus ARTEMIO FERNANDEZ, antes identificados, desde el día 15 de abril de 1978 hasta el día 04 de septiembre de 2014, ambas fechas inclusive.
TERCERO: Una vez quede firme la presente sentencia y a los efectos del computo del año fijado para la caducidad del recurso consagrado en el artículo 507 del Código Civil, se ordena a la parte actora publicar el dispositivo del presente fallo en un diario de los de mayor circulación de la localidad, debiendo consignar un ejemplar donde conste dicha publicación.
CUARTO: Una vez quede firme la presente sentencia, se ordena insertar en lo.....