este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos: CAMACHO LUCIO ANTONIO y GUEVARA GUTIÉRREZ FANNY CAROLINA, venezolanos, mayores de edad, hábiles, de estado civil solteros, titulares de la Cédula de Identidad Nos. V-7.576.796 y V-12.078.869 respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la Abogada: JULIA ALEJANDRA VILLALOBOS, quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 174.097, por no estar ajustada a derecho. Por consiguiente, se ordena devolver las presentes actuaciones en original a la parte interesada, previa certificación de las mismas, una vez quede firme la decisión dictada. Tómese razón en el Libro Diario y cúmplase con lo ordenado. .....