Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y declara disuelto el vínculo matrimonial, que unía a los ciudadanos MARTHA LUCIA RINCON DE FLORES y LUIS ERNESTO FLORES BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.795.336 y 9.618.463 respectivamente, contraído el día 18 de enero de 1995, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, municipio Libertador del Distrito Capital, inserta al folio 42 y su vuelto, de conformidad con la sentencia Nº 1070 de fecha 09/12/2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
En cuanto a las instituciones