DECLARA SIN LUGAR, la Acción de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, solicitada por los ciudadanos: CESAR ALEXANDER OBREGON TORRES Y MARIANELA GARCIA SIERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-10.860.781 y V-10.858.289, respectivamente, ambos de este domicilio y residenciado el primero en la Urbanización La Ascensión, Vereda 33, casa Nro. 4, San Felipe Municipio San Felipe, estado Yaracuy; y la segunda en la Urbanización La Ascensión calle 4 casa N° 8, San Felipe, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, asistidos por el abogado ELIO JOSÉ RODRIGUEZ SALAZAR, Inpreabogado Nº 99.071; en virtud que la fecha de celebración del matrimonio y el Nro. de acta que describen en el escrito libelar, no corresponden a las asentadas en los libros de matrimonio llevados por la Prefectura del Municipio San Felipe, bajo el Nro. 174, hoy Coordinación de Registro Civil del Municipio San Felipe, estado Yaracuy, que consta al folio cuatro (04) del.....